MAR 302021 De igual forma instruyeron a la Auditoría Superior de Michoacán (ASM) para que, en un plazo no mayor a 30 días naturales contados a partir de la entrada en vigor del decreto aprobado, rinda un informe detallado a esta Soberanía y por conducto de la Comisión Inspectora de la Auditoría Superior de Michoacán, el Informe General e Individual de las Haciendas Públicas Municipales que no se concluyeron al momento de su presentación. En ese sentido la ASM, deberá rendir el resultado de los procedimientos seguidos, para la determinación y aplicación de las responsabilidades, el estado y seguimiento de las acciones desarrolladas respecto de todos y cada uno de los pliegos de observaciones derivados de las auditorías practicadas e informar al Congreso, por conducto de la Comisión Inspectora de la Auditoría Superior de Michoacán en un término no mayor a 60 días naturales, los resultados obtenidos, solventaciones o en su caso de la interposición de las acciones que correspondan ante las autoridades competentes respecto a las Haciendas Municipales fiscalizadas en el Ejercicio Fiscal 2019. Así pues, también se exhortó a los servidores públicos de los 112 Ayuntamientos y del Concejo Mayor de Cherán para que, con la obligación que les impone a los Servidores Públicos en el desempeño del empleo, cargo o comisión, la Ley de Responsabilidades Administrativas para el Estado de Michoacán de Ocampo, cumplan con lo señalado en la Ley General de Contabilidad Gubernamental y demás normativa relacionada con ella, a efecto de que se instauren los mecanismos necesarios, que facilite el Registro y Valoración del Patrimonio, así como también, el Registro y Control de los Inventarios de los Bienes Muebles e Inmuebles. |