La prórroga

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El Consejo Ciudadano
  
MAY
02
2013
Jorge Alvarez Banderas Morelia, Mich. Cuando el Estado cede de manera sistemática frente a los contribuyentes, respecto de las obligaciones de estos últimos, se pierde credibilidad en el poder de imperio con el que cuenta para hacer efectivos los créditos fiscales a cargo de los particulares.
En Michoacán la fecha límite para acogerse a un programa de beneficio respecto del no pago del impuesto sobre tenencia venció ayer 30 de abril, aún cerca de las 22 horas había largas filas de contribuyentes formados para realizar su trámite; la sorpresa vino hoy, al darse a conocer una prórroga para adherirse al programa en cuestión y allegarse de los beneficios fiscales respecto del no pago del impuesto estatal sobre tenencia y uso de vehículos.
La posición del Estado respecto de dicho gravamen resulta una vez más lamentable para todos los contribuyentes que cumplimos en tiempo y forma, este apoyo para las personas que dejaron para el último día el trámite, abarrotaron las oficinas administrativas de la Secretaría de Finanzas y no pudieron atender a todos los que acudieron a última hora.
Sobre la postura de la prórroga, el peor mensaje para los causantes cumplidos es: no cumplas, finalmente el Estado te apoyará con una prórroga en el cumplimiento de tus obligaciones; se incentiva para el futuro el incumplimiento en tiempo y forma, ya que al Estado también le interesa la recaudación y le es más oneroso iniciar los procedimientos administrativos de ejecución, para hacer efectivos los créditos fiscales generados en su favor a cargo de los contribuyentes.
Sería oportuno que el Estado migre a sistemas electrónicos que permitan el pago en línea respecto de las diversas obligaciones fiscales o tributarias en general, que se eliminen las filas que sólo generan suspicacias respecto del tráfico de influencias o el "coyotaje" en el trámite y el "apartado" de lugares de la fila por módicas cantidades.
El economista inglés ya hace más de dos siglos escribía en su obra "La riqueza de las naciones" sobre diversos principios que el Estado debía observar en el momento de la imposición de las cargas fiscales, uno de ellos es el relativo a la comodidad, este principio dispone que todo impuesto debe cobrarse en el tiempo y de la forma que sean más cómodos para el contribuyente, lo cual significa que los plazos y fechas deben fijarse de modo que a los contribuyentes les resulte práctico y poco gravoso el cumplir con su obligación tributaria.
En Michoacán hace falta eso, una mano firme que aplique este tipo de principios, ya que al beneficiar a los incumplidos, se genera un incumplimiento mayor en el cumplimiento de las obligaciones por venir.


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