ANEFAC Michoacán analiza alcances del nuevo criterio de la Suprema Corte sobre el bloqueo de cuentas bancarias
Redacción IM Noticias, 05/05/2026

ANEFAC Michoacán analiza alcances del nuevo criterio de la Suprema Corte sobre el bloqueo de cuentas bancarias
Morelia, Mich.
La Asociación Nacional de Especialistas Fiscales (ANEFAC) Delegación Michoacán, presentó un balance detallado sobre las recientes claves de interpretación jurisprudencial emitidas por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) respecto al bloqueo de cuentas bancarias, una medida que impacta de manera directa a cualquier usuario del sistema financiero.

El Presidente de ANEFAC Michoacán, Ramiro Humberto Ortega Campos, destacó la urgencia de comprender el alcance de este fallo. Señaló que, aunque la Corte no ha difundido con absoluta precisión todos los pormenores operativos, es un asunto de interés público.

"Cualquier persona con una cuenta bancaria puede ser sujeta a esta medida específica. Nuestra intención es informar y, sobre todo, invitar a la ciudadanía a que se acerque a los especialistas para recibir asesoría oportuna", puntualizó Ortega Campos.

El análisis técnico estuvo a cargo de Francisco Miguel Rojas López, socio director de la firma Lopez Rojas Asociados, quien explicó la evolución jurídica de este procedimiento, donde hasta hace poco, prevalecía un criterio de 2022 que establecía que la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) de la Secretaría de Hacienda solo podía bloquear cuentas de forma administrativa cuando existiera una solicitud de una instancia o gobierno internacional relacionada con el combate al narcotráfico o lavado de dinero.

Sin embargo, a partir del pasado mes de abril, la interpretación de la Corte ha dado un giro radical: las cuentas ahora podrán ser bloqueadas también por órdenes de carácter nacional, es decir, cuando la autoridad administrativa mexicana así lo determine bajo sus propios procesos de investigación.

Rojas López subrayó que este cambio representa un monitoreo constante sobre el sistema financiero. La ley ahora solo exige que existan "pruebas suficientes" de que las cuentas están siendo utilizadas para financiar actividades ilícitas, terrorismo o recursos de procedencia ilícita.

"Para quienes estamos involucrados en la interpretación jurídica, esta resolución es delicada. Deja abierta la posibilidad de que, bajo meros indicios que no están claramente definidos, la autoridad fiscal pueda bloquear las cuentas, generando un parámetro de incertidumbre para el usuario", advirtió el especialista.

Detalló que anteriormente, un bloqueo de origen nacional requería un filtro judicial: el Ministerio Público debía solicitarlo y un Juez de Control debía autorizarlo dentro de un procedimiento penal. Con el criterio vigente desde el 6 de abril, este filtro desaparece, pues la Corte consideró que la interpretación anterior era "restrictiva" y que la autoridad administrativa no vulnera derechos al actuar por cuenta propia bajo su visión operativa.

Por su parte, Benito Gutiérrez Medrano, Tesorero de ANEFAC Michoacán, cerró la sesión enfatizando las consecuencias prácticas de esta jurisprudencia, donde manifestó que el cambio de visión, donde la protección de los derechos individuales cede ante las facultades de la autoridad, coloca al ciudadano en un estado de vulnerabilidad.

"Esto nos afecta directamente a todos. La autoridad puede dejarnos en un estado de indefensión si no actuamos con cautela", señaló Gutiérrez Medrano, quien hizo un llamado enérgico a la población para tener extremo cuidado con sus movimientos bancarios y asegurar que toda operación cuente con el respaldo documental necesario ante cualquier revisión de la UIF.

Finalmente, ANEFAC Michoacán reiteró su compromiso de orientar a las y los michoacanos ante estos retos fiscales y legales, por lo que llamo a la ciudadanía a acercarse con los profesionales en esta materia.