La Fiscalía General del Estado de Michoacán (FGE), a través del Centro de Mecanismos Alternativos de Solución de Controversias (CMASC), celebró un acuerdo reparatorio que concluyó con la restitución de un inmueble en favor de su legítima propietaria, víctima de despojo, en Morelia.
Leticia Olea F. es dueña de un predio localizado en la calle José María Morelos, esquina con Lázaro Cárdenas, de la colonia Vicente Lombardo Toledano, al cual acude constantemente. Sin embargo, en mayo de 2021, se percató de que dicho inmueble estaba siendo habitado por el imputado, a quien le pidió retirarse del mismo. Situación que no ocurrió.
Por tal motivo, fue presentada una denuncia, la cual fue derivada al CMASC, donde se invitó a ambas partes a solucionar el conflicto mediante un acuerdo reparatorio, lo cual fue aceptado.
Para realizar la entrega del inmueble, se trasladó al lugar un agente del Ministerio Público, quien, en voluntad y compañía de las partes, celebró el acuerdo.
El Artículo 186 del Código Nacional de Procedimientos Penales (CNPP), establece que los acuerdos reparatorios son aquellos celebrados entre la víctima u ofendido y el imputado que, una vez aprobados por el Ministerio Público o el Juez de Control, y cumplidos en sus términos, tienen como efecto la extinción de la acción penal.
Ea illo rerum sed sunt esse ut mollitia libero nam dolorem voluptate sit omnis tempora At galisum amet. Qui quia harum qui repudiandae cumque et facere magnam aut quas quam a enim magni.
Aut aliquam neque aut ullam ipsa et Quis aliquam eos necessitatibus impedit ea maiores exercitationem hic voluptas tenetur. Et repellendus cupiditate ut expedita enim aut cupiditate dicta. Ut pariatur excepturi est nihil sequi non voluptas molestiae et sequi iste id.