TEEMICH revocó dictamen emitido por el Comité Evaluador del Poder Judicial del Estado de Michoacán, respecto de un aspirante a Juez de Primera Instancia
Redacción IM Noticias, 11/02/2025

 TEEMICH revocó dictamen emitido por el Comité Evaluador del Poder Judicial del Estado de Michoacán, respecto de un aspirante a Juez de Primera Instancia
Morelia, Mich.
Alma Rosa Bahena Villalobos, Magistrada Presidenta del Tribunal Electoral del Estado (TEEMICH), la Magistrada Yurisha Andrade Morales y el Magistrado Everardo Tovar Valdez resolvieron en sesión pública siete juicios de la ciudadanía, uno tiene que ver con la elección de Jefatura de tenencia de Santa Ana, en el Municipio de Maravatío; dos con la elección de San Juan Zitácuaro, municipio de Zitácuaro; uno con la elección de la jefatura de tenencia de Tacícuaro, en Morelia; además de tres juicios de la ciudadanía en contra del Comité de Evaluación del Poder Judicial del Estado.
Luego de analizar el proyecto de sentencia del TEEM-JDC-007/2025 presentado por una ciudadana por considerar ilegal la elección de la Jefatura de Tenencia de Santa Ana, del Municipio de Maravatío, el pleno confirmó la elección, porque de las pruebas que obraban en autos no se acreditó que las irregularidades hechas valer por la actora fueran de la entidad suficiente para considerar que el desarrollo de la referida elección debiera declararse nulo, pues no se trató de irregularidades determinantes cuantitativa, ni cualitativamente.
En otro asunto, una ciudadana que participó como candidata en la elección de la Jefatura de Tenencia de San Juan Zitácuaro, municipio de Zitácuaro, presentó los juicios TEEM-JDC-008/2025 y TEEM-JDC-009/2025 los cuales se acumularon para hacer valer irregularidades en el proceso, con los que se vulneraron los principios de legalidad e imparcialidad; no obstante el TEEMICH resolvió desechar de plano las demandas al ser extemporáneas, ya que se presentaron después de los cinco días que establece la Ley de Justicia Electoral.
Por otra parte, las Magistraturas integrantes del Pleno confirmaron, el Dictamen emitido por el Comité Evaluador del Poder Judicial del Estado de Michoacán, ante lo infundado de los agravios hechos valer por el actor del TEEM-JDC-019/2025 como aspirante a ocupar el cargo de Juez de Primera Instancia en Materia Penal del Juzgado Segundo Penal Tradicional del Distrito Judicial de Morelia dentro del del Proceso de la Elección Extraordinaria de Personas Juzgadoras en la entidad. Lo anterior, ya que el Comité de Evaluación sí realizó el correcto estudio respecto de la acreditación del promedio de calificaciones exigido como requisito para ser considerado en la lista de aspirantes.
En el TEEM-JDC-010/2025, promovido por un ciudadano, en cuanto candidato propietario a la Jefatura de Tenencia de Tacícuaro, municipio de Morelia, en contra de la resolución dictada por el Ayuntamiento en el Recurso de Impugnación ELECTORAL-001/2024, el Pleno del Tribunal resolvió desechar de plano la demanda, al ser extemporánea.
Como parte del Proceso de la Elección Extraordinaria de Personas Juzgadoras, una aspirante a Jueza de Primera Instancia en Materia Familiar Especializada en Violencia Contra la Mujer por Razón de Género, interpuso el TEEM-JDC-018/2025 contra del Comité de Evaluación del Poder Judicial por la emisión de la lista de aspirantes que cumplieron o no los requisitos de la Convocatoria, la cual fue desechada de plano, al ser extemporánea.
Respecto del Juicio TEEM-JDC-020/2025 promovido por un aspirante a ocupar el cargo de Juez Primero de Primera Instancia en Materia Familiar del Distrito Judicial de Zitácuaro, en contra del dictamen emitido por el Comité Evaluador del Poder Judicial del Estado en donde expuso las razones y fundamentos por los que no resultó elegible al cargo que aspiraba, el Tribunal Electoral del Estado resolvió revocar el dictamen, al estimar fundados los agravios formulados por la parte actora consistentes en que la autoridad no tomó en cuenta la totalidad de los documentos exhibidos para acreditar su experiencia profesional en el ejercicio de la actividad jurídica. En consecuencia, se ordenó al Comité evaluarle, de nueva cuenta, debiendo considerar que acreditó tener más de tres años de experiencia profesional jurídica y en caso de considerar que cumplió con los restantes requisitos constitucionales y legales de elegibilidad, evaluar su idoneidad para participar como candidato y en caso de considerar que el actor deba ser incluido en la lista de las o los mejores evaluados, efectuar los actos correspondientes para garantizar el cumplimiento de las siguientes etapas previstas en la normativa y convocatorias aplicables.
Finalmente, se tomó protesta al maestro Luis Francisco Ochoa Zamudio como Secretario Instructor y Proyectista del Tribunal, a propuesta de la Magistrada Presidenta.