
ENE 212026 De acuerdo al artículo 83, fracción IX, del Código Fiscal de la Federación, se considera una infracción el condicionar la emisión de CFDI a la entrega de la Cédula de Identificación Fiscal o de la CSF, y se castiga a quien lo realice con una multa que va de 21 mil 420 a 122 mil 440 pesos. Cabe precisar que para facturar, el emisor únicamente requiere la clave de RFC, nombre o razón social, código postal y régimen fiscal; datos que se pueden obtener con la Cédula de datos fiscales en el siguiente vínculo: https://www.cloudb.sat.gob.mx/datos_fiscales/ Este organismo tributario aclara también que los empleadores no deben solicitar a sus personas trabajadoras la CSF para el timbrado de nómina, ya que pueden solicitar los datos mediante un caso de aclaración en términos de la ficha de trámite 44/CFF Solicitud de datos en el RFC de asalariados del Anexo 2 de la Resolución Miscelánea Fiscal vigente. Se recuerda que la CSF contiene información que es relevante únicamente para la o el contribuyente, como sus actividades económicas, obligaciones y domicilio fiscal, por lo que no se requiere para la emisión de CFDI. Además, la CSF no tiene vigencia y se actualiza solo cuando la o el contribuyente realiza alguna modificación de su información en el RFC, como cambio de domicilio fiscal, actualización de régimen fiscal o actividades económicas, modificación o incorporación de CURP, entre otros; por lo que no es necesario obtenerla con una periodicidad particular. La Constancia de Situación Fiscal está disponible a través de los siguientes canales: Para personas físicas o morales: • Desde el Portal del SAT: sat.gob.mx con Contraseña o e.firma vigente. Para personas físicas: • Aplicación SAT Móvil, donde puede descargarse de forma permanente. • SAT ID a través de la cual se puede recibir de manera mensual. • Oficina Virtual, al registrar una cita en citas.sat.gob.mx y seleccionar el servicio "Entrega de Constancias". • En las oficinas del SAT sin cita, al presentar una identificación oficial vigente o con huella digital. |