NOV 082023 Las diputaciones locales por los principios de representación proporcional y de mayoría relativa a integrar la LXXVI Legislatura del Congreso, los 112 Ayuntamientos en el marco del proceso electoral local ordinario 2023-2024. Se RESUELVE que: La selección de las personas que ocuparán las candidaturas del Partido de la Revolución Democrática (PRD) a las Diputaciones Locales por los principios de mayoría relativa y representación proporcional, así como los 112 Ayuntamientos del Estado de Michoacán de Ocampo, se realizará mediante Consejo Estatal con Carácter Electivo, de conformidad con lo establecido en el artículo 43 inciso o) del Estatuto; 34, numeral 1, inciso g), del Reglamento de Elecciones de este instituto político. La Convocatoria para elegir a las personas que ocuparán las candidaturas del Partido de la Revolución Democrática a las Diputaciones Locales por los principios de representación proporcional y mayoría relativa, así como los 112 Ayuntamientos del Estado de Michoacán de Ocampo, será aprobada por el Consejo Estatal, a más tardar el 17 diecisiete de diciembre de 2023 dos mil veintitrés. La Convocatoria del Partido de la Revolución Democrática para elegir a las personas que ocuparán las candidaturas del Partido de la Revolución Democrática a las Diputaciones Locales por los principios de representación proporcional y mayoría relativa, así como los 112 Ayuntamientos del Estado de Michoacán de Ocampo, que contenderán en el Proceso Electoral Local Ordinario 2023-2024, bajo las siglas de este instituto político, será publicada, a más tardar el 29 veintinueve de diciembre de 2023 dos mil veintitrés por la Mesa Directiva del XI Consejo Estatal, una vez observada por la Dirección Nacional Ejecutiva a través de su Órgano Técnico Electoral entrando en vigor al momento de su publicación, de conformidad con el artículo 40 y 41 del Reglamento de Elecciones del Partido de la Revolución Democrática. Las Bases de la Convocatoria y todo el proceso electivo, garantizarán la paridad de género conforme a lo dispuesto en los artículos 41, párrafo segundo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 7, 14, 26, 233, 234, y 235 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales; 3, 25, 37, y 40 de la Ley General de Partidos Políticos, y demás de relativos y aplicables en la normatividad Electoral del Estado de Michoacán. El resolutivo especifica los plazos que comprenderá cada fase del proceso interno del Partido de la Revolución Democrática de selección de las personas que ocuparan las candidaturas del Partido de la Revolución Democrática a las Diputaciones Locales por los principios de representación proporcional y mayoría relativa, así como los 112 Ayuntamientos del Estado de Michoacán de Ocampo, así como las alternativas en caso de concretarse una alianza o coalición; mismas que pueden ser consultadas en la página oficial del PRD www.prdmichoacan.org.mx |