OCT 022019 Las magistradas y los magistrados consideraron infundadas, las impugnaciones del PRD que consideraban que Bonilla Valdez era inelegible por supuestamente incumplir los requisitos de nacionalidad y residencia. En relación con la impugnación de ese mismo partido sobre la nacionalidad y residencia de Bonilla Valdez, la Sala Superior consideró infundada la demanda y decretó la declaración de validez de la mencionada elección y la constancia de mayoría por dos años. También, las magistradas y los magistrados calificaron como infundado el recurso del partido local Transformemos en el que expuso conceptos de invalidez de la votación recibida en diversas casillas con la pretensión de que se efectuara un ajuste en el cómputo de los resultados. Finalmente, la resolución de hoy avala un periodo para la gubernatura de dos años, como señala la Constitución local. El período permanece así, pues la impugnación que presentó el candidato de Morena, respecto al periodo de mandato, fue desistida por el propio actor y ratificada por mayoría de votos por esta Sala Superior, luego de un recurso presentado por MC. (Asuntos: SUP-JRC-37/2019 y SUP-JRC-39/2019, acumulados y SUP-JRC-40/2019) |