NOV 072024 A propuesta de las comisiones de Justicia y Gobernación, el nuevo funcionario fue electo de la terna también integrada por Daniel Israel Andrade Ruiz, Vanessa Arriaga García, Abner Paniagua Torres y Nadia Marilyn García Rico, quienes luego de atender la convocatoria emitida, obtuvieron las mejores resultados. Cabe recordar que en sesión de Pleno celebrada el 23 de septiembre de 2024, se dio lectura a la comunicación de fecha 13 de ese mismo mes y año, suscrita por la Secretaria de Estudio y Cuenta de la Quinta Sala Especializada en Materia Anticorrupción y Responsabilidades Administrativas, en la que se remitía la lista de la quinteta de los aspirantes con los mejores resultados, para ocupar el cargo de Titular del Órgano Interno de Control del Tribunal de Justicia Administrativa del Estado de Michoacán. Las y los aspirantes, los días catorce y quince de agosto hicieron entrega de la documentación requerida en la convocatoria y posteriormente, en fecha treinta de agosto del año que corre, se les aplicó el examen a quienes cumplieron con los requisitos para ocupar el cargo. Siguiendo el procedimiento de dicha Convocatoria, con fecha cuatro de septiembre de dos mil veinticuatro, el Pleno de dicho Tribunal, en Sesión Ordinaria, aprobó los resultados del examen, así como la lista de los cinco aspirantes que obtuvieron mejor resultado en dicho proceso e instruyó a esta Secretaria General de Acuerdos, la integración y remisión de los expedientes de los mismos al Congreso del Estado. El nuevo Contralor Interno cumplió con el requisito de ser ciudadano mexicano, en pleno goce y ejercicio de sus derechos civiles y políticos; tiene más de veinticinco años de edad; cuenta con título profesional, con antigüedad mínima de cinco años, de nivel licenciatura afín al cargo; y cuenta con los conocimientos así como con la experiencia necesaria para el desempeño de sus funciones. De igual forma, no ha sido condenado por delito doloso; no ha sido registrado como candidato, ni ha desempeñado cargo alguno de elección popular en los últimos cuatro años; no ha ocupado cargo de dirección nacional o estatal en algún partido político en los últimos cuatro años; y, no ha pertenecido en los cuatro años anteriores a su designación, a despachos de consultoría o auditoría que hubieren prestado sus servicios a un órgano del Estado o a algún partido político. |