Desecha TEEM juicio presentado por Guillermo Valencia

Desecha TEEM juicio presentado por Guillermo Valencia
MAS DE POLITICA

García Harfuch ignora a quienes denuncian injusticias porque su gobierno protege a narcopolíticos

Barragán impulsa talleres gratuitos de crianza responsable en escuelas de Morelia

Gobierno de Michoacán gasta más de 10 mdp en concierto mientras Hospital Civil enfrenta falta de insumos: PAN Morelia

Imparte IEM capacitación a Movimiento Ciudadano a solicitud del partido político

"No hay liderazgo más comprometido y sólido en Michoacán que el de Morón. ¿Dónde van a encontrar más?": Noroña
  
MAR
24
2016
Redacción IM Noticias Morelia, Mich.
El Tribunal Electoral del Estado de Michoacán resolvió en esta fecha, rechazar el Juicio para la Protección de los Derechos Político Electorales del Ciudadano, promovido por Guillermo Valencia Reyes por su propio derecho, contra la difusión de las listas de los consejos políticos municipales del Partido Revolucionario Institucional para la elección de los titulares de la Presidencia y Secretaría General del dicho instituto político.

Lo anterior debido a que el medio de impugnación se promovió en la vía per saltum, lo que actualiza dicha excepción a la definitividad, al estimar que el desahogo de la instancia partidista, se puede traducir en una posible afectación para los derechos esenciales que son objeto del litigo, tomando en cuenta que a la fecha ya ha fenecido el periodo para el registro de los candidatos para la elección interna del PRI (22 de marzo de 2016) tal como consta en la convocatoria atinente.

De esta forma el Tribunal del advierte que en el caso, desde el 17 de marzo del año en curso, el actor tuvo conocimiento del acto que impugna, tal como lo reconoce expresamente en su demanda y por tanto, no constituye un hecho controvertido, de manera que Valencia Reyes presentó su demanda hasta el 21 de marzo del presente año, tal como se advierte en el acuse de recibo del TEEM y el plazo para su presentación feneció el 19 de marzo de este mismo año, de tal manera resulta evidente que el escrito que promovió el medio de impugnación fue interpuesto de manera extemporánea.


INICIO || CONTACTO
IMARMX .::. by Libre Venta .::. México