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MAR 262013 En los últimos 12 años la deuda de estados y municipios aumentó en más de 130 por ciento al pasar de 106 mil millones de pesos a casi 244 mil millones de pesos, sin que se conozca a detalle su destino, las tasas a las que se contrataron los créditos y las razones que los justifiquen. Así lo aseguró el diputado Javier López Zavala (PRI) y afirmó que en los últimos dos meses de 2012 alrededor de 124 municipios de Chiapas, Guerrero, Jalisco y Querétaro se declararon en quiebra; aproximadamente 90 de ellos corresponden a Chiapas. Destacó que este nivel de endeudamiento obliga a un urgente replanteamiento para el manejo responsable de las finanzas públicas. Por ello, se propone una iniciativa de ley para fijar límites claros y precisos a la deuda de estados y municipios, que contribuirá a disminuir el costo de la deuda al que cada vez acceden más. El diputado federal propuso reformar los artículos 115 y 117 de la Constitución para que con nuevos mecanismos se garantice un tratamiento homogéneo e integral de la rendición de cuentas, frenar la deuda, modificar la distribución de los recursos federales y fijar porcentaje máximo de endeudamiento. Precisó que las legislaturas de los estados aprobarán la deuda pública que se contrate para el estado o ayuntamiento, y se destinará exclusivamente a inversión pública productiva; es decir, obras públicas, adquisición de maquinaria y equipo, proyectos y modernización de la infraestructura operativa de las entidades públicas del estado o municipio, precisó. Expuso que esa inversión deberá producir ahorros o generar incrementos en la disponibilidad de recursos financieros de las dependencias públicas del estado o municipio, que no exceda el ejercicio del gobierno que la contrate y la autorización del Congreso del estado. Estableció que en ningún caso los recursos provenientes de la reestructuración o refinanciamiento, podrán destinarse al concepto de gasto corriente. Los estados y los municipios, explicó López Zavala, podrán contraer obligaciones, empréstitos o deuda pública estatales o municipales, a través de organismos descentralizados, empresas de participación estatal o municipal mayoritarias y fideicomisos públicos paraestatales o paramunicipales, conforme a las bases que establezcan las legislaturas en una ley de deuda pública y en la ley secundaria federal. Cortesia de masnegocios.com.mx |