ENE 312025 Tal es el caso de la restitución de una niña al lado de su madre, asunto tramitado en el Juzgado Sexto Oral Familiar de Morelia, donde la jueza ordenó la restitución tras resolver una solicitud de medida cautelar. La decisión se tomó luego de comprobar que la madre cumplía con los requisitos legales establecidos en el Código Familiar del Estado y que contaba con la custodia definitiva de su hija. Además, la menor manifestó su deseo de regresar con su mamá. En la resolución también se estableció un régimen provisional de convivencia con el padre, basado en el acuerdo entre ambos progenitores y siempre priorizando el bienestar de la niña. Este caso fue resuelto con perspectiva de derechos humanos y atendiendo al principio del interés superior de la niñez. Por otro lado, en el Juzgado Cuarto Civil de Morelia, el juez resolvió a favor de una mujer de la tercera edad que sufrió una lesión en la columna vertebral mientras viajaba como pasajera en una combi del transporte público. Debido a la gravedad de la lesión, la mujer requirió cirugía y, aunque inicialmente recibió atención médica mediante un seguro contratado por los responsables del transporte, su recuperación no fue completa. Durante un tiempo, se vio imposibilitada para trabajar y realizar sus actividades cotidianas, además de necesitar medicamentos de alto costo para aliviar el dolor permanente. El tribunal determinó que las asociaciones responsables del transporte deben reparar el daño causado, otorgándole una indemnización equivalente a los días que no pudo trabajar, por un monto total de $34,414.08 pesos. Esta resolución reconoce su derecho a una compensación justa por la afectación sufrida y refleja el compromiso del Poder Judicial de Michoacán en garantizar que los derechos de todas las personas sean protegidos. En el mismo Juzgado, en un juicio sumario civil sobre pago de servicios profesionales, se resolvió a favor de una madre que había contratado un centro especializado para el tratamiento de su hijo con problemas de adicción. El centro presentó una demanda en su contra por la falta de pago de los honorarios acordados. Sin embargo, el tribunal determinó que los servicios profesionales deben cumplir con ciertos requisitos legales, tales como contar con personal capacitado con cédulas profesionales y con los permisos y registros sanitarios oficiales correspondientes. En este caso, el centro no pudo acreditar el cumplimiento de dichas condiciones, por lo que su reclamo de pago no procedió. |