ABR 122024 En la acción realizada en el municipio de Puruándiro, se contó con el apoyo de la Guardia Nacional (GN), la Secretaría de la Defensa Nacional (SEDENA), y la Coordinación Nacional Antisecuestro (CONASE) En el lugar fueron recuperados tres vehículos, dos con alteraciones en sus medios de identificación y otro con reporte de robo Morelia, Michoacán, a 12 de abril de 2024.- Resultado de un cateo llevado a cabo en el municipio de Puruándiro, la Fiscalía General del Estado de Michoacán (FGE), en coordinación con la Guardia Nacional (GN), la Secretaría de la Defensa Nacional (SEDENA), y la Coordinación Nacional Antisecuestro (CONASE), aseguró un inmueble, por su posible relación en conductas ilícitas y recuperó tres vehículos con reporte de robo y alteraciones en sus medios de identificación; además fue detenida una persona. La acción fue realizada por agentes de la Unidad Contra el Robo a Transporte, adscritos a la Fiscalía Especializada para la Atención de Delitos de Alto Impacto, en atención a denuncias que hacían referencia del manejo ilícito de un inmueble ubicado en sobre la carretera Zináparo ? Villa Morelos, en el municipio de Puruándiro, por lo que se inició Carpeta de Investigación y se llevaron a cabo actos que permitieron recabar datos de prueba, mismos que fueron presentados ante el Juez de Control que obsequió la respectiva orden de cateo. Con base a lo anterior, se implementó un operativo con apoyo de las diferentes instituciones, en el referido asentamiento, lugar donde localizaron tres vehículos, dos de la marca Nissan, los cuales presentaron alteraciones en sus medios de identificación, y uno de la marca Jeep que contaba con reporte de robo, cometido en los Estados Unidos, además fueron aseguradas diversas autopartes. En el lugar se encontraba Víctor Nazario "N", de 32 años de edad, quien fue detenido. El inmueble y los vehículos, quedaron a disposición del agente del Ministerio Público que será el encargado de continuar con la investigación. De conformidad con lo establecido en el apartado C del artículo 41 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a partir del 1 de marzo y hasta la conclusión de la jornada electoral, debe SUSPENDERSE, la difusión de toda propaganda gubernamental, con excepción de los servicios educativos, de salud o relativos a protección civil. El contenido vertido en esta plataforma es de carácter institucional y con fines informativos. |