
SEP 272017 Luego de que el pasado 22 de septiembre varios medios de comunicación difundieran información sobre una adolescente que dio a luz en la zona Centro de Morelia, el Gobierno del Estado hace un respetuoso llamado a apegarse a los dispuesto por el capítulo décimo séptimo de la LGNNA, en concordancia con los artículos 49 y 50 de la Ley de Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes. En este marco normativo se observan las siguientes disposiciones: 1.- Los medios de comunicación que cuenten con concesión para prestar el servicio de radiodifusión y telecomunicaciones, así como medios impresos o medios electrónicos de los que tenga control el concesionario o medio impreso, no deben difundir imágenes, voz, nombre, datos personales o cualquier otra referencia que permita la identificación de niñas, niños o adolescentes, aun cuando se modifiquen, difuminen o no se especifiquen sus identidades. 2.- No está permitido difundir datos personales de niñas, niños o adolescentes relacionados con la comisión de un delito, ya sean autores, víctimas o testigos. 3.- Debe evitarse la difusión de imágenes o noticias que propicien o sean tendientes a la discriminación, criminalización o estigmatización de niñas, niños y adolescentes. 4.- Con base en la LGNNA y la Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado, estas disposiciones también son aplicables a medios electrónicos sobre los que tenga control el concesionario. |