Falta de información, fracaso del nuevo Régimen de Incorporación Fiscal: CCPM

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DIC
30
2013
Redacción IM Noticias Morelia, Mich.
A partir del 1 de enero del 2014, entrará en vigor el Régimen de Incorporación Fiscal que sustituirá al Régimen Intermedio y al de Pequeños Contribuyentes, sin embargo la falta de difusión estatal y el desconocimiento sobre el tránsito al Régimen de Incorporación Fiscal (RIF), hacen poco probable su exitosa adopción, sobre todo para los nuevos negocios, explicó Maximiliano Jesús Galindo Barriga, miembro de la Comisión Fiscal del Colegio de Contadores Públicos de Michoacán (CCPM).

"De acuerdo con la exposición de motivos de la Ley de Impuesto Sobre la Renta, el nuevo régimen sustituirá a la figura del Régimen Intermedio y al de Pequeños Contribuyentes, no obstante a escasos quince días de que entre en vigor, la mayoría de los Repecos no están enterados de cómo funcionará el ajuste".

Galindo Barriga indicó que dicho régimen aplicará únicamente a las personas físicas que realicen actividades comerciales, industriales, agrícolas, ganaderas, pesca y silvícolas, que vendan bienes o presten servicios por los que no se requiera para su realización de un título profesional, ya sea en forma individual o en copropiedad, y cuyos ingresos anuales no excedan de los dos millones de pesos.

"No podrán pertenecer a este régimen quienes sean socios, accionistas, quienes realicen actividades relacionadas con bienes raíces, quienes obtengan ingresos por concepto de comisión, mediación, agencia, representación, correduría, consignación y distribución, espectáculos públicos, franquiciatarios y quienes realicen actividades a través de fideicomisos o asociación en participación".

Detalló que el pago se determinará restando de la totalidad de los ingresos cobrados, las deducciones autorizadas, la compra de activos y la participación de los trabajadores en las utilidades de la empresa; los pagos serán bimestrales, definitivos y se enterarán a la Federación. El régimen tendrá aplicación temporal durante un periodo de hasta diez años, al término del cual se deberán incorporar al régimen general de personas físicas con actividades empresariales.

El miembro de la Comisión Fiscal del Colegio de Contadores Públicos de Michoacán especificó que los contribuyentes tendrán derecho a una reducción del ISR del cien por ciento en el primer año, disminuyendo un diez por ciento gradualmente en cada uno de los años posteriores hasta llegar a un diez por ciento en el décimo año; pero no así con el IVA ya que se pagará de manera normal.

"Algunas de las obligaciones serán emitir comprobantes fiscales digitales por internet, llevar contabilidad, conservar comprobantes fiscales, efectuar las retenciones de ISR a sus trabajadores y enterarlas de forma bimestral, pagar gastos mayores a dos mil pesos con cheque, transferencia, tarjeta de débito o crédito, presentar las declaraciones bimestrales y la información de las operaciones con sus proveedores en tiempo y forma ya que de lo contrario se deberán salir de este régimen".

Maximiliano Jesús Galindo Barriga advirtió que una vez que un contribuyente salga de este régimen ya no podrá volver a pertenecer al mismo y cuando venda la totalidad del negocio o activos, el comprador no podrá tributar en esta Sección; sin embargo, reiteró que dicho escenario hace improbable que el nuevo esquema vaya a ser efectivo a partir del 1 de enero de 2014.



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