Fiscalizarán a premiado en el Buen Fin

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NOV
15
2014
Redacción IM Noticias México, DF. Los datos de los tarjetahabientes que resulten ganadores del sorteo fiscal realizado a partir de las promociones del Buen Fin serán entregados al fisco, según se establece en las bases que publicó el Servicio de Administración Tributaria (SAT) en su página de internet.

Los estados de la República que quieran reclamar la compensación de impuestos por concepto de juegos y sorteos tendrán que enviar toda la información de los consumidores ganadores que usaron tarjeta de crédito o débito a más tardar el 25 de noviembre y la información sobre el monto de los premios que se darán se entregará el 29 de diciembre.

Según las bases, las entidades deberán proporcionar al SAT el número identificador de la entidad participante emisora de la tarjeta de crédito o débito, fecha de la transacción realizada por el tarjetahabiente (persona física) en el formato establecido y el número del plástico a 16 dígitos.

Asimismo, el importe total de la transacción expresado en pesos hasta dos decimales y el folio de autorización de la venta, así como el número generado por el punto de venta o las últimas 12 posiciones de la referencia.

Las entidades deberán proporcionar al SAT el monto total de los premios que efectivamente hayan entregado en cada caso, con motivo de las tarjetas que resultaron ganadoras y que estén domiciliadas en cada uno de esos lugares.

Cada entidad federativa deberá manifestar a la Secretaría de Hacienda, por escrito, su conformidad para que se aplique el procedimiento de compensación permanente de fondos a que se refiere el artículo 15, segundo párrafo, de la Ley de Coordinación Fiscal, establecido para la obtención de los premios que deriven del Sorteo el Buen Fin.

Para ello deberán dirigir un escrito a la dependencia, que se presentará ante la Unidad de Coordinación con Entidades Federativas ubicada en Palacio Nacional, bajo el modelo de "Carta de conformidad del Sorteo el Buen Fin", aprobado para tales efectos.

Las entidades que se interesaron en participar en el sorteo fiscal tenían que haber elaborado una carta firmada por su representante legal, manifestando la voluntad de hacerlo y sujetarse a las bases establecidas para el mismo.

En los casos en que los premios no puedan ser entregados por causas ajenas a las entidades, se tendrán que reintegrar vía pago de aprovechamientos a la Secretaría de Gobernación, mediante el procedimiento y en los plazos que al efecto establezca el SAT en su página de internet.

El pago de aprovechamiento por los premios que no fue posible dar, se podrán acreditar una vez que se haya entregado al SAT el comprobante de pago correspondiente.

Con información de Milenio

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