NOV 242014 La legisladora del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza señaló que con la adición de un segundo párrafo a la fracción VIII del citado artículo, se establecería que "todos los municipios como células primarias de la República deberán cumplir con el principio de igualdad entre la mujer y el hombre cuando se lleven a cabo elecciones en los ayuntamientos". Además de que en los municipios con población indígena, la elección de sus autoridades o representantes para el ejercicio de sus formas propias de gobierno interno se lleve a cabo de acuerdo con sus normas, procedimientos y prácticas tradicionales. Rincón Chanona indicó que si bien los cambios que se proponen ya están plasmados en las fracciones III y VII del Apartado "A" del artículo 2º, en los que se enfoca hacia los municipios que se rigen por el régimen de usos y costumbres, hace falta establecerlos para los municipios que están sujetos por régimen de partidos y candidaturas ciudadanas. Señaló que "México reconoce la imperiosa necesidad de respetar y promover los derechos de los pueblos indígenas afirmados en tratados, acuerdos y otros arreglos constructivos con los Estados, porque considera que son asuntos de preocupación, interés y responsabilidad de carácter nacional e internacional, que sirven de base para el fortalecimiento de la asociación entre los pueblos indígenas y los Estados". En este sentido, dijo que se ha adecuado el marco constitucional y legal de la Nación para guardar congruencia con los tratados internacionales, con lo que nuestro país reafirma la importancia del derecho de todos los pueblos a la libre determinación, su condición política y a perseguir libremente su desarrollo económico, social y cultural. Por otra parte, señaló: "Estamos conscientes y convencidos de que el reconocimiento de los derechos de los pueblos indígenas en la Declaración de las Naciones Unidas sobre Los Derechos de los Pueblos Indígenas, aparte de que protege y promueve este derecho, permite fomentar las relaciones armoniosas y de cooperación entre los Estados y pueblos indígenas, basados en los principios de la justicia, la democracia, el respeto de los derechos humanos, la no discriminación y la buena fe". Los municipios que eligen sus autoridades bajo el régimen de usos y costumbres son respetados para hacerlo, porque a través de esta práctica se está cumpliendo el ejercicio de su derecho a la libre determinación y a la autodeterminación o autogobierno, a fin de conservar y reforzar sus propias instituciones políticas, tal como lo indica la Declaración, señaló la legisladora aliancista. Por ello, concluyó, hay que respetar los usos y costumbres de los núcleos indígenas, pero de ninguna manera en menoscabo de los derechos establecidos en la Constitución federal, el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo y la Declaración de los Derechos de los Pueblos Indígenas. |