ABR 142021 El dictamen de sanción aprobado por 6 votos contra 5 del Consejo del INE, señaló que al no haber un reporte de los gastos de campaña en tiempo y forma del aspirante morenista a la gubernatura, no se podía permitir su registro como candidato. Por su parte González Luna señaló que el Trife ordenó que no se diera en automático la pena máxima para la falta que se reporta, sino que se atendiera a un principio de proporcionalidad en la cual la sanción debería ser menor. "Les dice el Tribunal Electoral que la decisión de la autoridad electoral, de ustedes (los consejeros), del INE, es incompatible con los criterios de la suprema Corte de Justicia de la Nación, que dicen que las restricciones a los derechos de participación política deben ser interpretadas limitativamente, en el caso de encontrarse ante una diversidad de significados de una norma debe limitarse a aquella que restrinja en menor manera el ejercicio del derecho a ser votado". La siguiente vía posible es una apelación ante el Tribunal Federal Electoral. |