ENE 102016 Con esta acción, se notifica a la autoridad jurisdiccional correspondiente de la ejecución de dichas órdenes de detención con fines de extradición, con lo cual dará inicio formalmente el procedimiento. Igualmente, una vez desahogada la parte probatoria del procedimiento de extradición, los jueces emitirán una opinión jurídica y posteriormente turnarán los expedientes a la Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE), para que emita los acuerdos correspondientes. Cabe señalar que el narcotraficante tiene la posibilidad de recurrir al juicio de amparo, contra los acuerdos que emita la Cancillería. Por lo cual, la Procuraduría General de la República (PGR), informó que mantendrá una estricta vigilancia de los procedimientos y será respetuosa de las determinaciones de las autoridades correspondientes. |