NOV 222024 La Minuta con Proyecto de Decreto aprobada por este Poder Legislativo contempla reformar el artículo 21 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de Seguridad Pública. Con este decreto se establece que "la Secretaría de Seguridad Pública, también auxiliará a la persona titular del Poder Ejecutivo Federal en las funciones en materia de seguridad nacional, así como le corresponderá la coordinación del sistema nacional de inteligencia en materia de seguridad pública; y podrá coordinar las acciones de colaboración de los tres órdenes de gobierno, a través de las instituciones de seguridad pública, las cuales deberán de proporcionar la información de que disponen". Esta reforma Constitucional se basa en tres líneas fundamentales que es: la integración de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana, como autoridad en la investigación de los delitos; la mejora de la coordinación interinstitucional para ejecutar la Estrategia de Seguridad Pública; y el fortalecimiento en las acciones de seguridad ciudadana. La primordial de esta reforma, radica en la importancia de que la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana sea participe en la investigación de los delitos, es para aprovechar los recursos materiales y humanos con los que cuenta dicha dependencia, y que participe activamente en la recopilación y análisis de información, para aprovechar las herramientas tecnológicas y de inteligencia. Es importante señalar que con esta reforma, se fortalecerán las facultades de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana, lo que es importante desde el aspecto material y jurídico, para fortalecer y consolidar el sistema de seguridad pública de México y con ello dotar de una eficacia y coordinación basada en inteligencia aplicada. |