NOV 212024 De esta forma, el Poder Legislativo se sensibiliza con los menores de edad, garantizándoles el reconocimiento de sus derechos, en el caso concreto, el de acceso a la justicia; por ello es que a partir de ahora, las resoluciones judiciales deberán emitirse con una lectura fácil, en los juicios donde se involucren los derechos de las niñas, niños y adolescentes. En ese sentido, al Articulo 5 se le adicionó el párrafo "XXVBis. Resolución en Formato de Lectura Fácil: Aquellos pronunciamientos de fondo emitidos por la autoridad administrativa y/o judicial que utilicen un lenguaje cotidiano, simple y directo, adecuando el texto según las necesidades del niño, niña o adolescente, evitando tecnicismos o conceptos abstractos;" En tanto se reformó el Articulo 52, para que especifique que "también de proporcionarles información clara, sencilla, entendible, incluyendo, emitir resoluciones en formato de lectura fácil, lengua indígena o lengua de señas mexicana, cuando las mismas afecten su esfera jurídica. Y deberán vigilar que no sean utilizados como objetos de chantaje, presión o violencia entre las partes…" |