lineamientos para reapertura de actividades económicas en México

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MAY
30
2020
Redacción IM Noticias Ciudad de México El Gobierno federal dio a conocer, a través de un acuerdo publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF), los lineamientos que deberán cumplir todos los centros de trabajo para reanudar sus actividades de manera segura, escalonada y así evitar más contagios de coronavirus (COVID-19). El acuerdo explica que a partir del 1 de junio dará inicio la reapertura de las actividades socioeconómicas: "En esta etapa todas las empresas podrán reiniciar operaciones siempre que implementen lo establecido en los presentes lineamientos y atiendan lo establecido en el semáforo de riesgo epidemiológico, por lo que no será necesario contar con una autorización previa".

Se agrega que los lineamientos tienen como objetivo privilegiar la salud y la vida de los trabajadores; la solidaridad y la no discriminación; la economía moral y eficiencia productiva, así como la responsabilidad compartida (pública, privada, social). En el acuerdo se pide a las empresas que identifiquen el nivel de riesgo de contagio que tienen, así como su tamaño en cuanto a las cantidades de trabajadores para que tomen las medidas necesarias. Por ejemplo, para las empresas esenciales con un máximo de riesgo se les pide que sus trabajadores estén a 1.5 metros de distancia y si eso no se puede cumplir dotar de equipo de protección al personal.

De igual forma se pide instalar barreras físicas en las estaciones de trabajo, que el personal vulnerable labores desde casa, establecer flexibilización de horarios, entre otros. De igual forma en el DOF se aclaró que todos los centros de trabajo deberán implementar estrategias de control para contener la diseminación del COVID-19, independientemente de las medidas sanitarias que deberán cumplir para operar. De esta manera las empresas deberán orientar, capacitar y organizar a sus trabajadores para prevenir y controlar la propagación del coronavirus en sus hogares, en eventos sociales y durante los trayectos en el transporte público o privado que proporcione la empresa.

También se deberán implementar controles de ingreso y egresos para identificar a personas con infección respiratoria aguda. A quienes se les detecten signos de temperatura mayor a 37.5 grados, tendrán que ser dirigidos a un área de aislamiento, se les dará un cubrebocas y se le remitirá al servicio médico. En los centros de trabajo deberán facilitar dispensadores de gel antibacterial, productos sanitarios, cubrebocas, baños y lugares de trabajos limpios, entre otros. El acuerdo que fue publicado por las secretarías de Salud, Trabajo y Economía, junto con el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), establece otras medidas relacionadas con el uso de protección personal, vigilancia y supervisión, para la población vulnerable y de seguridad sanitaria.




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