NOV 092024 Con la entrada en vigor de este decreto se garantiza la gratuidad para la Interrupción Legal del Embarazo (ILE) con atención médica y servicios integrales a las mujeres que soliciten el aborto hasta la décima segunda semana completa de gestación. Se especifica que dicho procedimiento respeta el derecho de las mujeres a decidir sobre su vida reproductiva y, de manera voluntaria, como consecuencia de una violación sexual sin que la usuaria lo haya denunciado a las autoridades competentes. En la Secretaría de Salud de Michoacán la atención será brindada por personal calificado con tecnologías apropiadas, incluido el manejo con medicamentos o procedimientos clínicos necesarios, servicios de anticoncepción posaborto, prevención de infecciones, entre otros. Las instituciones públicas de salud que apliquen el aborto seguro deberán proporcionar servicios de consejería médica, psicológica y social con información veraz y oportuna de las opciones con que cuentan las mujeres y personas gestantes para ejercer su derecho a decidir. Además de garantizar la oportuna prestación de los servicios y la permanente disponibilidad de personal de salud no objetor de conciencia en la materia. Los servidores públicos o cualquier institución del Sistema Estatal de Salud del Estado que se manifiesten como objetores de conciencia y que se compruebe que en instituciones privadas de salud realizan el procedimiento de interrupción del aborto, serán acreedores a una sanción administrativa que corresponderá a la suspensión temporal en el desempeño de sus cargos, comisiones o empleos. El gobernador recordó que en Michoacán el aborto no será perseguido ni investigado como delito de homicidio en razón de parentesco o relación, además de que queda despenalizado la interrupción del embarazo dentro de las primeras 12 semanas de gestación. |