JUN 212022 Para dar cumplimiento puntual a lo establecido en la Ley General de Contabilidad Gubernamental, el auditor recordó que los ayuntamientos y entidades municipales tienen hasta el 30 de junio para actualizar el inventario de sus bienes y publicarlos a través de internet. "Es importante el cumplimiento de las obligaciones que mandata la norma, no sólo para evitar posibles observaciones, sino para fortalecer la transparencia en el ejercicio público, en donde las y los ciudadanos tengan la posibilidad de conocer el patrimonio con que cuentan sus gobiernos". Aguirre Abellaneda recordó que el artículo 27 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental establece en su segundo párrafo que los entes públicos contarán con un plazo de 30 días hábiles para incluir en el inventario físico los bienes que adquieran. "Los entes públicos publicarán el inventario de sus bienes a través de internet, el cual deberán actualizar, por lo menos, cada seis meses conforme lo mandata la norma". Es así que el auditor Superior apuntó que la norma establece la posibilidad de que los municipios puedan recurrir a otros medios de publicación, distintos al internet, cuando este servicio no esté disponible, siempre y cuando sean de acceso público. |