
ABR 092026 Subrayó que ninguna autoridad o particular está facultado para exigir versiones "recientes" de estos documentos, puesto que su validez es permanente y no está sujeta a criterios de vigencia temporal. La expedición de actas que acreditan el estado civil de las personas, sean de nacimiento, matrimonio o defunción, es una facultad exclusiva del Gobierno del Estado. Estas se basan en los registros oficiales del Registro Civil y están sujetas a las tarifas autorizadas por el Congreso en la Ley de Ingresos del Poder Ejecutivo, señaló el funcionario. El tesorero estatal hizo un llamado a la población a no dejarse engañar por información falsa que circula en redes sociales respecto a la supuesta caducidad de estos documentos. Solicitar copias nuevas solo es necesario si la gente lo decide o si el documento presenta daños, pero no porque haya expirado, ya que su validez es permanente, advirtió el tesorero Luis Navarro, quien invitó a la sociedad a proteger sus documentos y su dinero. |