AGO 102022 Derivado de actos de investigación emprendidos por la Unidad Especializada para la Investigación y Persecución del Homicidio Doloso y Feminicidio, se estableció que el día en cita, el investigado y la víctima abordaron un vehículo Dodge, tipo Neón, color blanco, en el que, procedentes del Estado de México, se dirigieron a la localidad de Ucareo, municipio de Zinapécuaro, sitio donde Edgar Rivera Arellano presuntamente privó de la vida a Zuleyma Zart C., cuyo cuerpo fue localizado el 12 de mayo de este año. Por lo anterior y de conformidad con las atribuciones que le confiere la Ley Orgánica de la Fiscalía General del Estado de Michoacán para el Ofrecimiento y Entrega de Recompensas, el Fiscal General, Adrián López Solís, firmó el acuerdo 27/2022 de ofrecimiento y entrega de recompensa por un monto de 100 mil pesos, por la información que conduzca a la localización y detención de Edgar Rivera Arellano. Cabe mencionar que el número confidencial de identificación, los datos personales, así como las actas que se levanten y toda la documentación e información que se genere, se clasificarán como estrictamente reservada y confidencial, en términos de los artículos 106 y 218 del Código Nacional de Procedimientos Penales y demás ordenamientos aplicables. Los datos de identificación de Edgar Rivera Arellano son: hombre de 36 años, complexión mediana; cara ovalada; tez morena; frente mediana; pelo rizado (chino); cejas semipobladas; ojos medianos; iris café oscuro; nariz aguileña de base mediana; boca mediana; labios medianos; orejas grandes separadas y como seña particular presenta una cicatriz oscura en la frente. La información que aporten los particulares será recibida en la Agencia de Inteligencia Criminal de la Fiscalía General del Estado de Michoacán, con domicilio en Periférico Independencia, número 5000, colonia Sentimientos de la Nación, C.P. 58170, Morelia, Michoacán; a la dirección de correo electrónico recompensas@fiscaliamichoacan.gob.mx; y, al número telefónico 800 890 81 06 de cualquier parte del país. El ofrecimiento y entrega de recompensas no será aplicable a las personas servidoras públicas con funciones relacionadas con las instituciones policiales, de procuración y administración de justicia, del sistema penitenciario y dependencias encargadas de la seguridad pública a nivel federal, local y municipal, así como sus cónyuges o parientes consanguíneos hasta cuarto grado, por afinidad o civiles. |