MAY 202022 Derivado de actos de investigación, la Fiscalía obtuvo datos de prueba, objetivos y contundentes para acreditar la probable responsabilidad del investigado en el feminicidio de la joven, por lo que en su momento solicitó la respectiva orden de aprehensión ante el Juez de Control, misma que fue obsequiada. Por lo anterior y de conformidad con las atribuciones que le confiere la Ley Orgánica de la Fiscalía General del Estado de Michoacán, para el ofrecimiento y entrega de recompensas, el Maestro Adrián López Solís, Fiscal General, firmó el Acuerdo Específico Número 23/2022, "Ofrecimiento y entrega de recompensa para la localización y detención de ALEXIS GUTIÉRREZ PADILLA", publicado con fecha 19 de mayo del año en curso en el Periódico Oficial del Estado. El monto de la recompensa que se ofrece por la información proporcionada para la localización, aprehensión o detención de Alexis Gutiérrez Padilla, es por la cantidad de 100 mil pesos. Cabe mencionar que el número confidencial de identificación, los datos personales, así como las actas que se levanten y toda la documentación e información que se genere, se clasificará como estrictamente reservada y confidencial, en términos de los artículos 106, 218 y 251 del Código Nacional de Procedimientos Penales y demás ordenamientos aplicables. Los datos que identifican al investigado son los siguiente: hombre de 29 a 30 años; complexión media y estatura media; tez morena; cabello corto y lacio; cara redonda de frente mediana; cejas rectas semipobladas; ojos medianos de iris oscuro; nariz corta, convexa de base estrecha; boca mediana de labios gruesos; mentón ovalado; orejas grandes. La información que aporten los particulares será recibida en la Agencia de Inteligencia Criminal de la Fiscalía General del Estado de Michoacán, con domicilio en Periférico Independencia, número 5000, colonia Sentimientos de la Nación, C.P. 58170, Morelia, Michoacán; a la dirección de correo electrónico recompensas@fiscaliamichoacan.gob.mx ; y, al número telefónico 800 890 81 06 de cualquier parte del país. El ofrecimiento y entrega de recompensas no será aplicable a las personas servidoras públicas con funciones relacionadas con las instituciones policiales, de procuración y administración de justicia, del sistema penitenciario y dependencias encargadas de la seguridad pública a nivel federal, local y municipal, así como sus cónyuges o parientes consanguíneos hasta cuarto grado, por afinidad o civiles. |