MAR 282016 Los recursos para la entrega de la recompensa serán asignados conforme a las normas presupuestarias aplicables al ejercicio fiscal vigente, precisa la PGR. El ofrecimiento de esos recursos económicos no aplicará si se trata de servidores públicos con funciones relacionadas con la seguridad pública, la administración de justicia y ejecución de sanciones penales. En caso de que dos o más personas aporten la información respecto de las mismas personas por las cuales se hace el ofrecimiento, y su veracidad, utilidad, eficacia y oportunidad fuese la misma, la recompensa se entregará a quien la hubiere aportado primero. Si la información es proporcionada por dos o más personas simultáneamente, respecto de las mismas personas por las que se hace el ofrecimiento, la recompensa será entregada proporcionalmente, según la veracidad, utilidad, eficacia y oportunidad de la información dada por cada uno. Los datos se recibirán en la calle López número 12, piso 3, colonia Centro, delegación Cuauhtémoc, código postal 06050; en el correo electrónico: denunciapgr@pgr.gob.mx, y en los números telefónicos (55) 53-46-15-44 y (55) 53-46-00-00, extensión 4748, en la Ciudad de México, y 01-800-831-31-96 desde cualquier parte de la República. Dicho ofrecimiento dejará de surtir efectos cuando haya sido localizada la víctima, así como identificados, localizados, detenidos o aprehendidos los probables responsables de la privación ilegal de la libertad, o en los supuestos de prescripción, extinción o no ejercicio de la acción penal. Además del Diario Oficial de la Federación, el ofrecimiento de recompensa será publicado en el Portal de Recompensas, en el sitio de Internet de la PGR, así como en los diarios de mayor circulación en la República o en las entidades federativas. |