Réplica de la Fundación Volver a Vivir, I.A.P.

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MAY
07
2015
Redacción IM Noticias Morelia, Mich. Publicamos integramente una solicitud de réplica a información publicada en este portal el 23 de marzo del presenta año:
Lic. Ignacio Martínez; tal como le informé vía telefónica el martes 23 de Marzo del 2015, publicó en IMNoticias:
1. La noche del pasado domingo fue localizado el cadáver de una mujer en un centro de rehabilitación, para adictos a las drogas?
NO FUE LOCALIZADO, fue acompañada en su agonía hasta el final. Encontrado sería si no nos hubiéramos dado cuenta del suceso.
NO ES UN CENTRO DE REHABILITACION PARA ADICTOS A LAS DROGAS, es un Centro de Ayuda Especializada, no solo para adicción a drogas, sino Alcoholismo y otras adicciones.
2. De acuerdo con los datos obtenidos al respecto, al parecer la fémina se automedicó y tomó una dosis más alta que la señalada, después de ello dejó de existir.
Datos obtenidos al respecto ¿de quién?, el médico legista dijo en ese momento que consideraba la muerte por abstinencia y el resultado de la necropsia se dio hasta el siguiente día a las 9 a.m.
¿se automedicó? En Centros de Rehabilitación como es completamente lógico NO SE AUTOMEDICAN NADA, puesto que por simple deducción NO puedes dar a administrar medicamentos a personas que tienen problemas de consumo.
Al mencionar : ¿tomó una dosis más alta que la señalada, después dejó de existir? ¿Quiere decir que sin la evidencia de la necropsia dan su propia versión de los hechos?
LA CAUSA DE LA DEFUNCION SE DICTAMINO ASI:
FALLA CARDIACA SECUNDARIA A SINDROME DE SUPRESION EN PERSONA CON ANTECEDENTES DE TRASTORNO BIPOLAR.
3. Una vez más menciona la difunta fue identificada cono Berenice S?
Berenice estaba identificada mediante un expediente completo, firmado por su responsable familiar.
4. Una vez mas: Fue hallada en un centro de rehabilitación " Volver a Vivir"?
NO FUE HALLADA, no estaba desaparecida y la encontraron aquí , le repito estaba debidamente identificada y estaba en un proceso de tratamiento propio.
5. Lo anterior se registró alrededor de las 20:00 horas?
OTRA DISCREPANCIA, BERENICE NO MURIO A LAS 20:00 HORAS NI ALREDEDOR
FALLECIÓ 3 PM
6. La fotografía que publicó es totalmente montada de otro suceso.
NO FUE LLEVADA EN BOLSA NEGRA, NO FUERON 4 RESCATISTAS Y NO HABIA UNA SOLA GOTA DE SANGRE, ADEMAS DE LA QUINTA PERSONA QUE SE APRECIA EN LA FOTOGRAFIA NO TIENE ABSOLUTAMENTE NADA QUE SE ASEMEJE A LA REALIDAD.
Por lo anterior expuesto, requerimos que en el noticiero a su digno cargo, se lleve a cabo el DERECHO DE REPLICA, según el Artículo Sexto, primer párrafo, de la Constitución Mexicana, el que fue incluído en la norma suprema el 13 de noviembre del 2007 , además de ser nuestro derecho, y ha habido comentarios negativos por tal noticia fuera de la realidad.
Así mismo me permito informarle que la Fundación Volver a Vivir, I.A.P., se encuentra Certificada por el CENADIC, múltiplemente premiada, además de tener personas en rehabilitación confiadas por el DIF Estatal, CAPA del Estado y Procuraduría de Justicia.
Les proporcionamos el suceso tal y como aconteció:
Siendo aproximadamente las 2:40 p.m., la C. Berenice Saucedo Torres, se encontraba interna en la Fundación Volver a Vivir, I.A.P., manifestó que se sentía indispuesta, lo que era parte del proceso de abstinencia y desintoxicación, sin embargo de inmediato se le dio aviso a la doctora que a su vez es responsable médico; se dio cita de inmediato en las instalaciones de la Fundación, sin embargo al llegar a la ésta, la usuaria ya había fallecido, debido a un Infarto Fulminante, lo que fue provocado por la abstinencia, debido a que antes de ser internada, llevaba 3 internamientos previos en el hospital Psiquiátrico y permaneció en situación de calle por varios días previos al internamiento.
Acto seguido en cuanto la directora se percató del suceso, el personal administrativo se puso en contacto con la autoridad correspondiente y posteriormente con el padre de Berenice.
En cuanto llegaron las autoridades acordonaron el área y se procedió al levantamiento del cuerpo, haciendo mención el médico legista que acompañaba al Ministerio Público que se trataba de un deceso por abstinencia, sin embargo, por petición de los familiares, se llevaría a cabo la necropsia de ley, de la cual dieron el resultado el lunes 23 de marzo a las 9 a.m.
La causa en el Acta de Defunción (la cual adjunto al presente) dice literalmente:
a) Falla cardiaca secundaria a síndrome de supresión en persona con antecedente de trastorno bipolar.
Sin otro particular de momento, queda a sus órdenes.
Angélica María Escalante Reséndiz
Recursos Humanos


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