Sentencian al ex edil de Álvaro Obregón a más de 247 años de prisión por homicidio

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SEP
04
2018
STAFF IM Noticias Morelia, Mich.
Al ser declarado culpable del asesinato de 10 hombres, el ex presidente de Álvaro Obregón, Juan Carlos Arreygue Núñez, fue condenado a 247 años y 6 meses de prisión, mientras que al ex subdirector de Seguridad Pública de ese municipio, Isaíd Reynaldo González y a tres ex policías les dieron 300 años de cárcel por el mismo delito, informó en un comunicado de prensa emitido este martes la Procuraduría General de Justicia (PGJ).

Como se recordará, el multihomicidio sucedió el 29 de julio de 2016 y los cadáveres de las víctimas fueron encontrados completamente calcinados en una camioneta quemada que era propiedad de uno de los finados, siendo hallados los agraviados en un paraje de la comunidad de San Juan Tararameo, perteneciente al municipio de Cuitzeo.

Las investigaciones revelaron que los afectados fueron privados de la libertad por unos policías municipales en la localidad de Álvaro Obregón, quienes los llevaron al predio antes referido, donde los mataron a balazos y ahí los quemaron.

Al enterarse del descubrimiento de los restos humanos, la PGJ se encargó de las averiguaciones del asunto y durante las pesquisas resultó que el ex edil, Arreygue Núñez, tenía que ver en el múltiple crimen, al igual que el ex subdirector de Seguridad Pública Municipal y los ex patrulleros Victor Hugo G., Humberto S. y Sacramento N.

Entonces los ex servidores públicos, fueron aprehendidos, luego presentados ante un órgano jurisdiccional y vinculados a proceso.

Posteriormente, hubo un debate en audiencia de juicio oral y de manera unánime el Tribunal de Enjuiciamiento resolvió aplicarles las referidas penas a los susodichos, además de imponerles una multa de 3 millones 695 mil 824 pesos (a todos).

Cabe resaltar, según indicó la PGJ, que las comentadas sentencias son apelables y serán definitivas si la defensa no solicita justamente la apelación ante la respectiva autoridad jurisdiccional, de conformidad al artículo 412 del Código Nacional de Procedimientos Penales (CNPP).


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