JUN 132016 Se dejó en claro que se requiere respuesta de la cláusula 79 respecto a las promociones El dirigente Eduardo Tena Flores enfatizó que el Contrato Colectivo de Trabajo es claro y el artículo 12 de la Ley Orgánica de la UMSNH también es clara sobre el manejo laboral. Sostuvo que en la relatoria de la reunión del Consejo Universitario del 12 abril del 2011 en el cuarto punto se señala se conforme una Comisión con los representantes sindicales y que presente un plan financiero y un programa de contratación en 90 días, lo cual nunca se cumplió. Pero en ningún punto se señala la prohibición de contratación de personal, por lo que desde la administración de Salvador Jara se miente al respecto, para lo cual se entregaron copia de dicha la relatoria, certificada por notario y ya se actuó legalmente. Los delegados coincidieron en señalar que se defiende el Contrato Colectivo de Trabajo y eso no se dejará de lado. Por tanto se acordó fortalecer la información y acciones internas, mientras se insiste en continuar con las pláticas con la autoridad y las acciones jurídicas. |