NOV 202015 Ante las declaraciones que hizo a los medios de comunicación ayer el rector nicolaita, Medardo Serna González, el Consejo General de Delegados del Sindicato Único de Empleados de la Universidad Michoacana (SUEUM), decidió cancelar la actividad del próximo lunes. Luego de que el rector nicolaita asegurara que el tema no se tocará con los Consejeros Universitarios y no se actuara bajo supuestos, los sindicalizados decidieron suspender las actividades de protesta convocadas ayer por la mañana. De acuerdo con el líder del SUEUM, Eduardo Tena Flores, se confía en la palabra del rector de que el punto de una posible reforma al régimen de Jubilaciones y Pensiones no será tocado en la sesión del Consejo Universitario, por lo que se comunicó a la base trabajadora sobre la respuesta que dio ante la movilización anunciada y se acordó suspender las actividades y dejar que la sesión se lleve a cabo de manera normal. En aras de la paz y el privilegio al diálogo que se debe vivir en la máxima casa de estudios es que los trabajadores nicolaitas otorgan su voto de confianza al rector Medardo Serna, quien aseguró que no habrá una albazo en este tema y esperan su llamado para que el tema sea discutido al interior de los órganos legales del SUEUM. Tena Flores subrayó que toda propuesta al artículo 29 de la Ley Orgánica de la Universidad Michoacana que actualmente a su letra establece que "Los trabajadores con 25 años de servicio, tendrán derecho a jubilarse con una pensión que no será menor al salario integrado que perciban al momento de su retiro, más los aumentos acumulables en los términos del Reglamento correspondiente y los contratos colectivos"; emanada de cualquier autoridad e incluso de los mismos sindicalizados debe ser discutida por los sindicatos y las autoridades antes de presentarse para su modificación. Como se recordará el artículo 28 de la Ley Orgánica debe respetarse por parte del H. Consejo Universitario, éste es muy claro en cuanto a su disposición a la letra: "Las relaciones laborales entre la Universidad y sus trabajadores, se regirán por lo dispuesto en la Ley Federal del Trabajo, los contratos colectivos correspondientes y demás disposiciones legales aplicables". Es decir si el Consejo Universitario pretende aprobar alguna modificación al régimen de jubilaciones y pensiones tanto del SUEUM como del SPUM, estaría violentando el propio reglamento interno del Consejo, la Ley Orgánica de la Universidad, los Contratos Colectivos del SPUM y del SUEUM, la Ley Federal del Trabajo y la propia Constitución de la República Mexicana. |