TEEM confirma resolución respecto a la creación del Observatorio Ciudadano de Morelia

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Alma Bahena, Magistrada de Consigna
  
AGO
04
2016
Redacción IM Noticias Morelia, Mich.
En sesión pública el Tribunal Electoral del Estado de Michoacán, resolvió 1 Juicio para la Protección de los Derechos Político Electorales del Ciudadano y 1 Recurso de Apelación.
En el Recurso de Apelación TEEM-RAP-003/2016, promovido por los ciudadanos Alejandra Rodríguez López, Isabel Agüello Paramo y Jorge Alejandro Gutiérrez Mota, en cuanto aspirantes a integrar el Observatorio Ciudadano del Ayuntamiento de Morelia, Michoacán, controvirtieron el acuerdo CG-18/2016, dictado por el Consejo General del Instituto Electoral de Michoacán, en cumplimiento a la sentencia del expediente TEEM-JCD-028/2016, emitido por este Tribunal, alegando que el Instituto Electoral de Mcihoacán no es apto para la Constitución y acreditación del Observatorio Ciudadano, sino la Comisión de Asuntos Electorales y Participación Ciudadana del Congreso del Estado de Michoacán de Ocampo, por lo que solicitaban que se ordenara la suspensión de la cumplimentación de la sentencia en el expediente TEEM-JCD-028/2016, hasta en tanto la Sala Regional del TEPJF, correspondiente a la V Circuncripción Plurinominal Electoral, con sede en Toluca, Estado de México, resolva el medio de impugnación hecho valer en contra de la sentencia referida.
Al respeto, el pleno del Tribunal confirmó el acuerdo CG-18/2016 en el que el Instituto Electoral del Estado de Michoacán tiene todas las atribuciones relativas para la creación, y acreditación de Observatorio, en virtud de que así se pronunció desde que emitió la resolución en el aludido expediente TEEM-JDC-28/2016, que estableció que al encontrarse recurrida será la Sala Regional quien, en todo caso, analizará a la luz de los agravios el fondo de la litis abordada en la resolución en comento; por lo que tbién el cumplimiento de la sentencia emitida por el Pleno de este órgano jurisdiccional, está supeditado al efecto de la sentencia que llegue a dictar la Sala del TEPJF.
Asimismo, se resolvio por mayoria Sobreseer el Juicio para la Protección de los Derechos Político-Electorales del Ciudadano TEEM-JDC-010/2016, promovido por J. Luis Ornelas Garriga y otros, quienes son integrantes de la localidad de Santa Clara del Cobre, municipio de Salvador Escalante, Michoacán en contra de la Dirección de Asuntos Religiosos del Gobierno del Estado de Michoacán, por supuestas violaciones a su derecho político-electoral a la libre determinación, con la "desarticulación de su organización barrial regida por usos y costumbres; destitución de cabezas de barrio y pueblo y reorganización de sus tradiciones y trnasformación de sus intitucione spolíticas, sociales y culturales".
Lo anterior debido a que los actores acudieron al Tribunal a desistirse de la demanda por que consideran que a la fecha ya se les ha restablecido el goce sus derechos.


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