FEB 172024 Alma Bahena Villalobos, Magistrada Presidenta Suplente; Yolanda Camacho Ochoa, Magistrada; así como el Magistrado, Salvador Alejandro Pérez Contreras resolvieron lo anterior al considerar fundado el disenso realizado por la parte actora, ya que se omitió analizar desde una perspectiva preliminar el resto de los elementos gráficos y otros elementos textuales que componen lo que fue materia de demanda, para estar en condiciones de pronunciarse sobre la solicitud de las medidas cautelares. Se explicó, el estudio realizado fue en el conjunto de las expresiones, cuando lo procedente es realizar el análisis de manera singular, es decir, enunciarlos y realizar el pronunciamiento específico del significado preliminar que revela cada elemento contenido. |