OCT 252024 Alma Rosa Bahena Villalobos, Magistrada Presidenta del Tribunal Electoral del Estado (TEEMich), Yurisha Andrade Morales y Yolanda Camacho Ochoa, Magistradas; así como el Magistrado, Salvador Alejandro Pérez Contreras en sesión pública del Pleno resolvieron dejar sin efectos dichas Convocatorias para la elección de Jefe de Tenencia en las diferentes Tenencias del municipio, así como la convocatoria del Plebiscito. Asimismo se ordenó al Presidente Municipal y Secretario del Ayuntamiento de Epitacio Huerta, emitan de nuevo las convocatorias referidas sin que sea necesario exigir la carta de no antecedentes penales, al ser contrario al principio de presunción de inocencia, ya que la Suprema Corte de Justicia de la Nación y las Salas del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, han declarado la inconstitucionalidad e inaplicación de diversas porciones normativas de entidades federativas en materia electoral, cuando alguna ley o reglamento establece como requisito la presentación de cartas de no antecedentes penales para el registro de candidaturas, criterio que hasta el momento, es vigente en la actividad jurídica de los tribunales en la materia. Además de que la Ley Orgánica Municipal del Estado de Michoacán establece como requisitos para aspirar a una Jefatura de Tenencia o Encargatura del Orden, el de ser mayor de edad, vecino de la respectiva circunscripción, saber leer y escribir y tener un modo honesto de vivir y contar con una instrucción de por lo menos educación básica, |