FEB 282025 Para ello propone la iniciativa para reformar la fracción IV del artículo 19, la fracción XXII del artículo 40, la fracción I del artículo 132, la fracción XI del artículo 145, y el artículo 332 de la Ley de Movilidad y Seguridad Vial, para que todo motociclista cuente con un seguro adecuado que garantice que cada víctima reciba una indemnización justa y rápida, y se fortalezca la atención prehospitalaria, para que cada vida en riesgo tenga una oportunidad real de ser salvada. Esta reforma también protege a los peatones, y propone multas severas y suspensiones de licencia, a quienes ignoren la obligatoriedad del seguro y portación del casco, sobre todo si en el 2024 se registraron en Michoacán, 5 mil 613 accidentes en motocicleta; 88 atropellamientos causados por motociclistas; 987 colisiones entre vehículos y motos; y 271 choques entre motociclistas y conductores de bicicletas. La medida busca finalmente, que las licencias de conducir para motocicletas, motonetas y vehículos similares sean otorgadas, siempre y cuando se cuente con póliza de seguro, y se suspendan por seis meses y un año, si se reincide en infracciones diversas, sobre todo por alcoholemia. En el caso de las multas por infracciones, un porcentaje será destinado al fortalecimiento de la atención prehospitalaria, para que ambulancias y paramédicos refuercen sus equipos y brinden una atención inmediata. |