MAY 282012 Al mismo tiempo, confirma el resolutivo que emitió la autoridad laboral, en el sentido de que Eduardo Tena no puede ser más el secretario general del SUEUM, al haber dejado de ser un trabajador en activo. Así lo dio a conocer el Abogado General de la Máxima Casa de Estudios, Alfredo Lauro Vera Amaya, quien recordó que los estatutos del sindicato establecen que ante la ausencia del secretario general, deberá ser el secretario de Trabajo quien asuma el cargo de manera provisional, y convocar a elecciones en un plazo no mayor de dos meses, y, en el caso de Armando Rangel, ese lapso ya se venció. Por ese motivo, la resolución del juez es el sentido de revisar la personalidad jurídica de Rangel Díaz, como secretario general del sindicato y determinar en todo caso quién es la persona designada para continuar con la relación laboral. |