FEB 182022 Asimismo, plantea que las sesiones de Pleno, reuniones de comisiones y comités sean públicas; además, propone que los documentos que se generen no podrán clasificarse como información restringida, reservada o confidencial. El dictamen, elaborado por la Comisión de Puntos Constitucionales, determina que la iniciativa se encuentra dentro de los límites fijados por la Constitución General y la Constitución del Estado de Michoacán, toda vez que no contraviene con las facultades que tiene el Congreso de la Unión y tampoco reviste ningún tipo de inconstitucionalidad en el ámbito local. Por lo tanto, concluyó declarar Ha Lugar a admitir a discusión la Iniciativa con Proyecto de Decreto por el que se adiciona un segundo y tercer párrafo al artículo 19, y se reforma el artículo 35 de la Constitución Política del Estado de Michoacán. La iniciativa fue turnada a las comisiones unidas de Puntos Constitucionales y de Régimen Interno y Prácticas Parlamentarias para su estudio, análisis y dictamen. |