Delitos de género no deben ser susceptibles a procedimientos abreviados: Miriam Tinoco

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OCT
07
2020
Redacción IM Noticias Morelia, Mich. Es necesaria una revisión de nuestra legislación, para que los delitos por razones de género no sean susceptibles a procedimientos abreviados, ya que esto permite que los agresores obtengan condenas mínimas, recalcó la diputada Miriam Tinoco Soto, coordinadora de la Representación Parlamentaria de la LXXIV Legislatura del Congreso del Estado.

La legisladora apuntó que los feminicidas están logrando obtener sentencias mínimas debido a que acceden a procedimientos abreviados, lo que implica que, pese a la gravedad de sus acciones, podrán salir libres en un puñado de años.

Recordó que el Código Penal del Estado se encuentra desfasado en relación a ordenamientos similares en otros estados de la República y al federal, esto debido a que permanecen sin dictaminar las iniciativas que han venido presentando los diputados para una mayor penalización en el tema del feminicidio.

"Como primer paso se requiere que las comisiones dictaminadoras revisen y dictaminen las iniciativas propuestas en la materia, ya que de lo contrario se emite un mensaje de permisibilidad frente a este tipo de flagelos sociales".

Recalcó que una siguiente ruta, es una reforma a la norma que establezca que los procedimientos abreviados no serán aplicables en delitos como el feminicidio, y todos aquellos que sean por razones de género.

De manera particular, Miriam Tinoco apuntó que el feminicidio por ningún motivo, debe tener como opción para el agresor un procedimiento abreviado, y que, ver casos como el del feminicida de la joven estudiante Nilda Rosario Francisco Cruz, en donde el perpetrador obtiene beneficios legales vía acuerdos, que disminuyen su sentencia, es una fuerte afrenta social en un contexto de enorme violencia para las mujeres.

"Estoy trabajando ya en una iniciativa, para garantizar que en estos delitos se garanticen sanciones severas y no haya penas injustas, para que quienes cometan estos crímenes no puedan disminuir sus sentencias, y no se admita procedimiento abreviado".

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