MAY 232024 Invitada por Sergio Carmelo Domínguez Mota, Director de la Facultad, expuso a las y los estudiantes diversos asuntos jurisdiccionales del sistema interamericano, tal como los casos Reverón Trujillo vs. Venezuela y Chocrón Chocrón vs. Venezuela, relacionados con la destitución injustificada de las respectivas juzgadoras locales, en cuyas sentencias se tuvo por acreditada la responsabilidad del Estado venezolano, pero no se advirtió el análisis de ambos casos con perspectiva de género. Asimismo, compartió diversos casos resueltos por el Tribunal Constitucional de España, por el Consejo Constitucional de Francia, por el Tribunal Europeo de Derechos Humanos, la Cámara Nacional Electoral de Argentina y la Corte Constitucional de Colombia, cuyos elementos de coincidencia fueron la resolución de conflictos jurídicos relacionados con el ejercicio de derechos político-electorales de las mujeres, para identificar si se aplicó la perspectiva de género y el test de proporcionalidad en sus respectivos argumentos para resolverlos por la máxima instancia en la materia electoral del país o tribunal regional correspondiente. Acompañada por los catedráticos, Dra. Alma Rosa Ayala y Maestro Luis Fernando Anita, la Magistrada Bahena Villalobos recordó las sentencias STCE-12/2008 y STCE-13/2009 de España en las que se analizaron las acciones afirmativas en el ámbito electoral, resolviendo en última instancia respecto de la constitucionalidad de dichas acciones como una política de presencia en la que deben incluirse a las mujeres. De Francia, expuso la Decisión número 2000-429 del Consejo Constitucional Francés, con la que se logró modificar criterios conservadores en las acciones afirmativas que el mismo Consejo había establecido, y considerando la participación de 50 y 50 por ciento de participación de las mujeres en procesos electorales. Con el análisis de dos sentencias la C 408 y 371 del 2000 explicó la jurisprudencia de Colombia, en las que se advierte el proceso de incorporación de la Normativa Interamericana a la Corte Colombiana, tal como la Convención de Belém do Pará, en cuya decisión, sí aplica la perspectiva de género y la proporcionalidad. Al finalizar su intervención dio respuesta a las inquietudes del alumnado y del profesorado nicolaíta, y agradeció la cordial invitación para dialogar con los futuros abogados y abogadas en el Estado. |