MAR 182022 Esto lo expresó la diputada Seyra Alemán al hacer uso de la tribuna en el Congreso del Estado, al recordar que es una obligación del poder legislativo realizar una eficaz y eficiente fiscalización a todos los entes públicos o privados que manejan recursos públicos, obligación que se encuentra contenida en las fracciones X y XI del artículo 44 de la Constitución Política del Estado de Michoacán donde mandata como poder legislativo, revisar, fiscalizar y dictaminar las cuentas públicas de las haciendas municipales y de los Consejos Municipales, así como de la Cuenta Pública Estatal. Misma que por disposición constitucional, la debe realizar el Congreso del Estado de Michoacán, a través de la Auditoría Superior de Michoacán. Esta iniciativa contempla reformar el primer párrafo del artículo 133 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Michoacán de Ocampo así como la reforma a la fracción XIII del artículo 82 de la Ley Orgánica Y de Procedimientos del Congreso del Estado, así como los artículos 2 primer párrafo, 10 fracción IV, modificar la fracción II del artículo 21 y se adiciona las fracciones IX y X, modificar el artículo 25 fracción XIV, así como el artículo 60 de la Ley de Fiscalización Superior y Rendición de Cuentas del Estado de Michoacán de Ocampo. Con esta Iniciativa con Proyecto de Decreto buscan que de manera conjunta El Congreso del Estado a través de la Comisión Inspectora de la Auditoría Superior de Michoacán puedan realizar un trabajo mucho más eficiente al revisar y vigilar que se realice de manera efectiva el gasto público, en favor de la construcción de finanzas sanas para nuestro estado. |