MAY 292025 En el documento, la CEDH manifiesta que estima que es indispensable y urgente que sean atendidos los temas de salud tanto a nivel nacional como local, en relación con las enfermedades prevenibles por vacunas del esquema básico, así como de las adquiridas y que no se encuentran dentro del esquema actual. Lo anterior con base en el marco normativo que a la letra dice: "Es obligación del Estado garantizar el acceso universal y gratuito a la salud en su nivel más alto, particularmente, mediante la aplicación de las vacunas, con la finalidad de prevenir enfermedades graves y potencialmente mortales como la tosferina, sarampión, dengue, tuberculosis, herpes zoster, viruela, varicela, tétanos, hepatitis y Virus del Papiloma Humano (VPH), entre otras". En consecuencia, y con la finalidad de privilegiar en todo momento el respeto a los Derechos Humanos de la población nacional y local, este Organismo procede a: a) Solicitar informe a la Secretaría de Salud del Estado de Michoacán, sobre las acciones de prevención, aplicación de vacunas y de control, llevadas a cabo en relación con los casos de incremento de los padecimientos enumerados y todos aquellos que se han venido desarrollando dentro de esta entidad federativa, comprendidos dentro de los esquemas de vacunación universal y de los que no estén incluidos, por ejemplo, los enunciados: Dengue; Herpes Zoster. b) Se remita copia certificada de las constancias de este expediente, a la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, para su conocimiento y efectos procedentes. c) Dese vista a la Secretaría de Salud del Gobierno Federal de México, al Consejo Nacional de Vacunación (CONAVA) y a las Direcciones del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE) e Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS); para los mismos efectos. Finalmente, el expediente fue turnado también a la CNDH. |