FEB 202025 Con esta iniciativa se busca adicionar el artículo 13 Bis. y se adiciona también la fracción IV al artículo 17, ambos de la de la Ley por una Vida Libre de Violencia para las Mujeres en el Estado de Michoacán de Ocampo; y se adiciona un segundo párrafo al artículo 169 bis, del para el Estado de Michoacán de Ocampo. Puntualizó que "éstas conductas, además de constituir un delito transgreden nuestros derechos humanos, bienestar físico, sexual, psicológico y social, son acciones unidireccionales, es decir, no son consentidas por la víctima, y se encuentran normalizadas en la mayoría de la ciudadanía de nuestro país". Agregó que "algunas de las prácticas que se consideran como acoso sexual en espacios públicos, son: miradas lascivas, piropos, silbidos, besos, bocinazos, jadeos y otros ruidos, gestos obscenos, comentarios sexuales, fotografías y grabaciones del cuerpo, no consentidas y con connotación sexual, tocamientos, persecución y arrinconamiento y exhibicionismo". La legisladora puntualizó que "de acuerdo con la Encuesta Nacional de Seguridad Pública Urbana emitida por el INEGI, durante el primer semestre de 2024, se estima que 17.1 % de las personas de 18 años y más en zonas urbanas fue víctima de al menos un tipo de acoso y/o violencia sexual en lugares públicos y un 11.7 fue víctima de piropos groseros u ofensivos de tipo sexual o sobre su cuerpo, o bien, la molestaron u ofendieron en lugares públicos". "Corresponde a este Poder Legislativo dar visibilidad y sancionar este tipo de violencia, a pesar que se han tomado medidas para combatirlo, aun se advierten hechos de violencia por motivos de género, que evidencian la necesidad de reforzar las acciones inmediatas tendientes a detener las conductas lesivas hacia las mujeres, a través de las cuales se pueda evitar la comisión de hechos delictivos graves tales como el abuso sexual, las lesiones o incluso el feminicidio", finalizó la diputada local. |