
OCT 212012 Desde que Cruz Cárdenas Salgado, encargado del orden de La Nueva Jerusalén fue detenido el pasado jueves 18, del presente mes, las autoridades estatales han "brillado" por la falta de información brindada sobre el caso, lo que hace que el tema tenga claroscuros y no se sepa, por ejemplo, de qué delito está acusado en sí y si podría o no alcanzar la libertad bajo fianza, pero lo más importante del hecho es que no explican el porqué esta persona fue trasladada al penal de "Mil Cumbres", siendo que el ilícito que supuestamente cometió sucedió en la jurisdicción de Tacámbaro. Tras el arresto de Cruz Cárdenas, el día ya señalado, Carlos Arrieta encargado del departamento de comunicación social de la Procuraduría General de Justicia del Estado (PGJE) manejó un boletín de prensa, donde indica que el indiciado fue capturado tras cumplimentar la orden de aprehensión "girada por el Juez Séptimo Penal, mediante oficio de fecha 26 de septiembre del 2012, dentro del Proceso Penal 16/2012, en contra de Cruz Cárdenas Salgado, de 48 años de edad y originario del Municipio de Huetamo, por el delito de DAÑO EN LAS COSAS, cometido en agravio de la Secretaría de Educación Pública (SEP)". En lo anterior, citado de manera textual, no explica la agravante por la cual fue consignado el inculpado, ya que en julio pasado en la destrucción de la escuela Vicente Guerrero, de La Ermita o Nueva Jerusalén, se observó que ésta fue quemada y por tanto la agravante lógica debería ser por incendio, pero la PGJE no aclara si hay dicha agravante o no, lo cual no ayuda a saber si este hombre alcanzará el beneficio de la libertad bajo fianza y además el número de proceso penal que señala la dependencia, el 16/2012, no corresponde al de Cárdenas Salgado sino más bien al de Héctor Samuel Navarro Dávila, quien fue remitido al penal de "Mil Cumbres" por la comisión del delito de violencia familiar. Pero más aún, una de las "lagunas" más importantes es el porqué el encargado del orden fue traído al Cereso David Franco Rodríguez o "Mil Cumbres", si el delito que presuntamente cometió ocurrió en La Ermita o Nueva Jerusalén, en Turicato, mismo que correspondería ser juzgado por un juez de la jurisdicción de Tacámbaro; Sin embargo un juez de la capital es quien tiene conocimiento del caso y es quien según la PGJE giró la orden de aprehensión en contra de Cruz Cárdenas. En este tenor, el Supremo Tribunal de Justicia del Estado no se queda atrás y en su boletín de prensa, difundido en su página de internet ni siquiera muestra el nombre del inculpado ni el número de su proceso penal, a pesar de tratarse de un caso de interés público, dando solo datos escuetos donde el más importante de ellos es que el defensor de Cárdenas Salgado "solicitó la duplicidad del plazo constitucional de 72 horas, quedando en 144 horas, con el fin de ofrecer pruebas para su defensa", con lo cual la situación jurídica de éste debería quedar resuelta el próximo miércoles 24. Podría no alcanzar fianza En todo caso, si la agravante de Cruz Cárdenas fuera por incendio éste no alcanzaría libertad bajo fianza, toda vez que el artículo 493 del Código de Procedimientos Penales de Michoacán señala que "el delito de daño en las cosas realizado bajo la modalidad de incendio no alcanza el beneficio de la libertad bajo fianza". |