JUN 262020 Al respecto el Secretario de Educación en el Estado, Héctor Ayala Morales, señaló que no se puede condicionar el servicio educativo ni afectar en ningún sentido la igualdad en el trato de los alumnos si no se accede a realizar alguna aportación. "Las asociaciones de padres de familia pueden tener participación en la vida escolar y tienen derecho a recibir cooperaciones voluntarias, pero sin obligar a los padres a realizar un pago por cantidades fijas" puntualizó. Asimismo, agregó que los padres de familia tienen la libertad de aportar lo que se considere necesario y participar solidariamente para las mejoras del servicio educativo a sus hijos, en caso de no poder hacerlo, la escuela no tiene derecho a prohibir la inscripción, la participación en exámenes ni negar o condicionar la entrega de documentos por este concepto. Ante ello, advirtió que se sancionará a toda autoridad educativa que incurra en estas faltas, e informó que las denuncias pueden hacerse en la Subsecretaría de Educación Básica, en la Dirección General de Unidades Regionales de la dependencia o en el Facebook oficial de la dependencia. Es importante destacar que las actas de nacimiento, que son requisito para el proceso de inscripción a las escuelas, no pierden vigencia en las instituciones públicas de educación básica en la entidad, mientras éstas se encuentren en buen estado. Lo anterior para evitar gastos innecesarios y apoyar la economía familiar, aunque es importante resaltar que las actas de nacimiento, al ser documentos que acreditan la nacionalidad e identidad de los educandos, deben encontrarse en buen estado, es decir: legibles, sin tachaduras o enmendaduras. |