MAR 142025 Durante una audiencia preliminar en un caso de divorcio sin expresión de causa, en la fase de revisión de medidas cautelares, un tribunal resolvió modificar la pensión provisional acordada inicialmente entre las partes. Con base en los ingresos del accionante y las pruebas presentadas en el expediente 80/2024, se determinó el incremento de la pensión para sus tres hijos a $38,250 pesos mensuales, lo que equivale al 45% de sus ingresos, distribuidos en un 15% para cada menor. Asimismo, en apego a la Ley por una Vida Libre de Violencia para las Mujeres en el Estado, y con el propósito de proteger los derechos e intereses de la ex cónyuge, se le otorgó una pensión alimenticia provisional de $10,000 pesos mensuales, tras acreditarse que fue víctima de violencia económica. Por otra parte, un juzgado diverso resolvió un juicio de custodia y alimentos, priorizando el interés superior de la niñez. En este caso, ante la solicitud de la abuela materna, quien ha cuidado a sus nietos tras el fallecimiento de su hija, se otorgó la guarda y custodia definitiva a su favor. Además, se estableció la obligación del padre de proporcionar una pensión alimenticia, garantizando al mismo tiempo el derecho de convivencia con los menores de edad. En otro caso, identificado con el expediente 389/2023, se garantizó el derecho de dos niños a convivir con su progenitor en un entorno seguro, estableciendo visitas asistidas en el Centro de Convivencia Familiar para asegurar su estabilidad física y emocional. Además, en esta sentencia, la actora solicitó una pensión alimenticia compensatoria por el mismo tiempo que duró la relación de concubinato con el demandado. El tribunal reconoció este derecho, dado que la mujer se dedicó al hogar y al cuidado de sus hijos, además de haber vivido en un contexto de violencia. Con perspectiva de género, se determinó que el demandado deberá cubrir dicha pensión por el mismo periodo que duró la relación, en virtud de su carácter resarcitorio y asistencial, conforme a las circunstancias específicas del caso. Estas resoluciones reafirman el compromiso del Poder Judicial de Michoacán con la protección de los derechos fundamentales de niñas, niños, adolescentes y mujeres, garantizando su bienestar y desarrollo integral a través de una impartición de justicia con perspectiva de género y de infancia. |