Avalan diputados modificaciones constitucionales en materia del nombre del estado de Michoacán

Avalan diputados modificaciones constitucionales en materia del nombre del estado de Michoacán
MAS DE CONGRESO

Adriana Contreras Figueroa y Juana Bravo Lázaro, acreedoras a la Condecoración "La Mujer Michoacana"

Congreso del Estado reforma Ley de los Jóvenes para reducir la violencia grave

Se entregan enseres del Programa de Apoyos Subsidiados del Dip. Vicente Gómez Núñez

Recibe Congreso del Estado iniciativa que busca la reconstrucción del tejido social a partir de la educación

Aprueba Congreso del Estado glosa del Cuarto Informe en materia electoral y ambiental
  
MAY
11
2021
Redacción IM Noticias Morelia, Mich. La Septuagésima Cuarta Legislatura del Congreso de Michoacán, aprobó la minuta con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 43 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia del nombre del Estado de Michoacán de Ocampo.

Así, los integrantes de la Comisión de Puntos Constitucionales expusieron que la Minuta que contiene dicha propuesta, fue turnada por el Congreso de la Unión y tiene el objetivo de hacer valer las libertades de cada entidad federativa, entre las que se encuentra el derecho de plasmar sus rasgos históricos, culturales y únicos, que los distinguen dentro del Estado Mexicano.

Recordaron que el nombre de Michoacán de Ocampo, fue en honor al ciudadano, abogado, científico y político, José Telésforo Juan Nepomuceno Melchor de la Santísima Trinidad de Ocampo Tapia, nacido en Maravatío Michoacán, el 5 de enero de 1814.

Que dentro de su trayectoria, se puede destacar que fue diputado en 1842 y 1846; Secretario del Tesoro, Ministro de Fomento de México y Ministro de Gobernación bajo la Presidencia de Benito Juárez, así como Ministro de Relaciones Exteriores y finalmente Gobernador de Michoacán, siendo uno de los principales autores de las leyes de reforma que separaron la Iglesia del Estado.

Derivado de la normativa vigente, varias entidades federativas han registrado cambios en la denominación que reflejan la experiencia histórica de la ciudadanía, por lo que bajo este orden de ideas y en cumplimiento al principio de libre autodeterminación, la ciudadanía de cada Estado tiene el derecho de determinar su denominación, plasmando sus procesos culturales e identitarios, respetando los antecedentes históricos que engloban cada una.

Concluido el estudio y análisis de la Minuta, los integrantes de la Comisión de Puntos Constitucionales coincidieron con los argumentos y la justificación de la modificación constitucional, por lo que avalaron dicha minuta, así como la remitida para los mismos efectos, en torno a la denominación del estado de Veracruz.

INICIO || CONTACTO
IMARMX .::. by Libre Venta .::. México