| ABR 272024 Según Locke, para la fragilidad humana, la tentación de abusar del Poder sería muy grande, si las mismas personas que tienen el poder de hacer las leyes, tuvieran también el poder de ejecutarlas; porque podrían dispensarse entonces de obedecer las leyes que formulan y acomodar la ley a su interés privado, haciéndola, ejecutándola a la vez, y, en consecuencia, llegar a tener un interés distinto del resto de la comunidad, contrario, al fin de la sociedad y del Estado. Para Felipe Tena Ramírez -constitucionalista mexicano-, el nuevo destino que se le dio a la separación de Poderes, al ponerla al servicio de la libertad, fue inspirado a Locke y a Montesquieu por la dramática conquista de las libertades públicas, en que empeñó su historia entera el pueblo inglés. Nuestra constitución consagra la división de los tres poderes en legislativo, ejecutivo y judicial, y realiza su colaboración por dos medios principales: haciendo que para la validez de un mismo acto se necesite la participación de dos poderes u otorgando a uno de los poderes, algunas facultades que no son peculiares de ese poder, sino de alguno de los otros dos; así, pues, aunque el primer párrafo del artículo 49 constitucional, no hace sino expresar la división de los poderes federales, es posible deducir de la organización constitucional, toda entera que esa división no es rígida, sino flexible o atenuada; no hay dislocamiento, sino coordinación de poderes. La libertad generada por la división de poderes en México puede colapsar, a partir de que el titular del poder ejecutivo federal controle a los integrantes de los poderes legislativo y judicial; de facto eso puede suceder posterior a la jornada electoral del próximo 2 de junio; en nuestras manos está que no suceda, que sigamos viviendo en una libertad plena, libertad hoy cada vez más, en cada momento ya acotada? @lvarezbanderas |